El Memorando de Entendimiento firmado entre Panamá y Estados Unidos coloca al país en el centro de los conflictos de USA con otros países, viola la Constitución de la República de Panamá, el Tratado de Neutralidad y debería declararse inconstitucional por la forma inconsulta en que se dio.
Estas fueron parte de las conclusiones de reconocidos especialistas del derecho, durante el Miércoles Universitario que realizó la Universidad de Panamá (en su versión número 58) junto al grupo de “Mujeres por la Soberanía”, donde se abordó el tema: “La verdad detrás de los acuerdos”.
El evento fue inaugurado por el rector de la Universidad de Panamá, Dr. Eduardo Flores Castro, quien señaló que la universidad mantendrá su compromiso con la defensa de la soberanía nacional. Agrega que, “La Universidad de Panamá no puede ser indiferente ante hechos que comprometen nuestra independencia y seguridad. Nuestra misión, heredada del doctor Octavio Méndez Pereira, es ser la conciencia crítica del país”.
La primera expositora del foro fue la ex magistrada de la Corte Suprema de Justicia, Graciela Dixon, quien resaltó el papel que ha venido jugando la Universidad de Panamá, a lo largo de su historia y máxime en un momento tan difícil como el que estamos atravesando, donde no ha cesado de luchar.
Explicó al público cada artículo del Tratado de Neutralidad y las formas en que ha sido violentado, en la medida en que el Memorando de Entendimiento firmado permite que se introduzcan factores y elementos que son totalmente incompatibles con la letra y el espíritu del Tratado.
Un ejemplo claro es el Artículo 2 del Tratado de Neutralidad, donde se establece que: “Panamá declara la neutralidad del Canal para que, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra, este permanezca seguro y abierto para el tránsito pacífico de las naves de todas las naciones en términos de entera igualdad”. Todos saben que ahora Estados Unidos exige a Panamá trato prioritario o especial por el Canal y sin pagar tarifa, lo cual violenta todo lo establecido en ese artículo.
Lo delicado de esto es que USA nos convertiría en el depósito de sus materiales bélicos y peligrosos si establece sus bases aquí, lo cual “nos convertimos automáticamente en blanco, y el Istmo de Panamá, que no tiene conflicto con ninguna nación del mundo, podría entonces ser objeto de represalia”.
El Artículo 5 del Tratado de Neutralidad dice que “Después de la terminación del Tratado del Canal de Panamá, solo la República de Panamá manejará el Canal y mantendrá fuerzas militares, sitios de defensa e instalaciones militares dentro de su territorio nacional”. Lo cual no fue respetado en el nuevo Memorando de Entendimiento, porque le concede a USA bases militares en el país.
Existe además una violación del Artículo 4 de la Constitución Política de la República de Panamá por parte de las autoridades, porque ahí se establece que, “La República de Panamá acata las normas del Derecho Internacional». Y el Tratado de Neutralidad es un compendio de normas del Derecho Internacional, que no se está respetando.
Además, el Artículo 325 de la Constitución de la República establece que “Los tratados o convenios internacionales sobre el Canal de Panamá, sus esclusas, zonas adyacentes y su protección, así como la construcción de un canal a nivel del mar o un tercer juego de esclusas, deben ser aprobados por el Órgano Legislativo y, luego de su aprobación, sometidos a referéndum popular”.
Concluye la ex magistrada que el segundo párrafo de este Artículo 325 dice que “Ninguna enmienda, ninguna reserva y ningún entendimiento que se refiera a estos tratados o convenios tendrá validez si no cumple con los requisitos”.
El destacado abogado y especialista en Derecho Marítimo, Víctor Vega, explicó ampliamente la importancia del uso del mar para la comunicación y el comercio, analizó el concepto de libertad de navegación, destacando su origen en el pensamiento de Hugo Grocio en el siglo XVII y su reafirmación en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Subrayó que el Canal de Panamá, aunque artificial, está protegido por las mismas normas internacionales que garantizan la libre navegación y prohíben su uso con fines militares. Asimismo, comparó el Canal de Panamá con el de Suez, advirtiendo que la ambigüedad de tratados suscritos por Estados Unidos ha permitido interpretaciones contrarias al principio de desmilitarización. Criticó el enfoque anglosajón del derecho, al que atribuyó la justificación de acciones contrarias a tratados mediante discursos ambiguos, señalando que esta práctica se repite en el nuevo memorando.




El abogado especializado en Derecho Procesal Penal, Benjamín Solís, anunció que presentó recientemente una demanda de inconstitucionalidad en la Corte Suprema de Justicia, en contra del “Memorando de Entendimiento firmado entre Panamá y Estados Unidos”, porque en él se entregan bases y territorio panameño a USA y eso “no se puede permitir, porque constó mucha sangre recuperarlos en su momento”.
Explica que al inicio del Memorando hablan de personas, civiles y demás, pero al final, anexo B, hacen definiciones que hablan de “personal de Estados Unidos, se entiende el Departamento de Defensa, incluidas las organizaciones que lo conforman, todas las propiedades del Departamento de Defensa de USA presentes en el territorio de la República de Panamá y el personal militar y civil de dicho departamento”.
En un análisis rápido del documento puedo mencionar que:
- Este memorándum de entendimiento no fue aprobado por la Asamblea Nacional.
- Efectivamente, el memorándum permite el tránsito y operaciones militares o contratistas de USA en el suelo panameño, lo que nos convierte inmediatamente en un blanco militar de cualquier enemigo de Estados Unidos.
- Viola el principio de soberanía territorial panameña, genera ambigüedad jurídica, porque para nosotros es una cosa y para ellos es otra. Ya lo han demostrado en sus declaraciones abiertamente.
- A su juicio, las autoridades que gobiernan el país son tan soberbias ante una situación tan delicada y no quieren reconocer el error que cometieron.
- Posibilidad de impunidad jurídica para los contratistas extranjeros. Las contrataciones que se den en el desarrollo y mantenimiento de estas bases van a ser reguladas bajo la legislación de Estados Unidos, no la de Panamá.
En cuanto a la demanda, fue presentada y admitida. La misma se encuentra en manos de los procuradores de la administración, para emitir su concepto. Una vez regresé a la Corte Suprema de Justicia, invito a todo el que pueda presentar sus alegatos, porque no podemos permitir que esto no sea declarado inconstitucional.
No podemos permitir que este gobierno del señor Trump ni el ejército de Estados Unidos nos arrebate lo que, con tanta lucha, con tanta sangre, con tantas familias afectadas, logramos conseguir.
Por: Irina Chan Castillo


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